Casación No. 359-2012

Sentencia del 01/10/2013

“... De la revisión de la sentencia recurrida, la Cámara establece que el artículo 221 de la Constitución Política de la República de Guatemala sí fue tomado en cuenta y aplicado en el fallo. Claramente se menciona dicho artículo en el Considerando I de la sentencia impugnada debido a que es la norma que le otorga sus facultades y atribuciones al tribunal sentenciador.
Se estima conveniente indicar que la SAT señaló como casos de procedencia del recurso de casación, además de la violación de ley, el error de derecho en la apreciación de la prueba y la casación de forma, sin especificar el submotivo ni formular tesis alguna al respecto...”